El Gobierno regional ha aprobado dos
decretos de servicios mínimos de cara a la huelga general en la educación
convocada para el próximo jueves, 9 de mayo, por los sindicatos UGT (FETE),
CCOO (FE), STERM-I e Intersindical de Servicios Públicos.
El Decreto 40/2013 se aplicará a los
centros docentes de enseñanza pública no universitaria dependientes de la
Administración pública de la Región de Murcia, mientras que el Decreto 41/2013
se aplicará para el ámbito universitario. Ambos llevan fecha del 3 de mayo y se
han publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) del día 4.
El Decreto 41/2013, referente a las
universidades, destaca que los servicios mínimos los ha acordado la
Administración de manera unilateral, porque en la Universidad de Murcia no ha
habido acuerdo con los sindicatos, y en la Universidad Politécnica de Cartagena
ha habido incomparecencia de los representantes sindicales.
I. Enseñanza no universitaria (Decreto 40/2013)
1.
Escuelas Infantiles 0 a 3 años
- Director, Ordenanza, Cocinero, Limpiador
- 1 educador por cada unidad
2.
Escuelas Infantiles 3 a 6 años
- Director, Ordenanza
- Hasta 5 unidades: 2 maestros
- Más de 5 unidades: 3 maestros
3.
Colegios de Educación Infantil y Primaria
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- De 4 a 9 unidades: 2 maestros
- De 10 a 18 unidades: 4 maestros
- Más de 18 unidades: 6 maestros
- Si hay elaboración propia de
alimentos: 1 cocinero, 1 profesor responsable de comedor
- Si hay Aula Abierta: 1 Auxiliar
Técnico en Educación (ATE) y 1 maestro de Pedagogía Terapéutica (PT) o 1
maestro de Audición y Lenguaje (AL)
4.
Colegios Rurales Agrupados
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- De 4 a 9 unidades: 2 maestros
- De 10 a 18 unidades: 4 maestros
- Más de 18 unidades: 6 maestros
5.
Colegios de Educación Especial
Se establece un número de trabajadores
que se quedan de servicios mínimos, dependiendo de cada centro en concreto, y
se detallan las categorías que deben quedar cubiertas.
Centro
|
Localidad
|
Nº
|
Dir.
|
J.E
|
M
|
ATS
|
ATE
|
Otras
|
Eusebio Martínez
|
Alcantarilla
|
5
|
X
|
X
|
X
|
---
|
X
|
---
|
Ascruz
|
Caravaca
|
23
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
(1)
|
Primitiva López
|
Cartagena
|
17
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
---
|
Pérez Urruti
|
Churra (Murcia)
|
17
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
---
|
Enrique Viviente
|
La Unión
|
3
|
X
|
X
|
X
|
---
|
X
|
---
|
Pilar Soubrier
|
Lorca
|
33
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
(2)
|
Las Boqueras
|
Murcia
|
3
|
X
|
X
|
X
|
---
|
X
|
---
|
Cristo de la Misericordia
|
Murcia
|
13
|
X
|
X
|
X
|
X
|
X
|
---
|
Director; Jefe de Estudios;
Maestro; Ayudante Técnico Sanitario; Auxiliar Técnico en Educación
(1), (2): Cocinero; Limpiador
6.
Colegios Públicos de Educación Infantil y Básica
6.1.
Colegios de Infantil y Primaria
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- De 4 a 9 unidades: 2 maestros
- De 10 a 18 unidades: 4 maestros
- Más de 18 unidades: 6 maestros
6.2.
Colegios de Educación Secundaria Obligatoria (ESO)
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- Hasta 8 grupos: 1 profesor
- De 9 a 17 grupos: 2 profesores
- Más de 17 grupos: 3 profesores
Para
6.1 y 6.2:
- Si procede: 1 cocinero, 1 profesor
responsable de comedor
7.
Institutos de Educación Secundaria (IES)
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- De 4 a 8 grupos: 1 profesor
- De 9 a 17 grupos: 2 profesores
- Más de 17 grupos: 3 profesores
- Si hay Aula Abierta: 1 ATE y 1 PT ó 1
AL (vid. supra)
8.
Centros de Educación de Adultos
- Director, Jefe de Estudios,
Ordenanza, 1 profesor
9.
Centros Integrados de Formación Profesional: ut supra
10.
Escuelas Oficiales de Idiomas: ut supra
11.
Escuelas de Arte: ut supra
12.
Conservatorio de Música y Danza
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
- El 15% de los profesores
13.
Conservatorio Superior de Música
- Director, Jefe de Estudios, Ordenanza
14.
Escuela Superior de Arte Dramático: ut
supra
15.
Escuela Superior de Diseño: ut supra
16.
Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
- Director, Secretario
17.
Centros de Profesores y Recursos
- Director, Secretario, Ordenanza
II. Enseñanza universitaria (Decreto 41/2013)
A. Universidad de Murcia
A.1. Personal Docente e
Investigador
- Aquéllos que el día 9 deban realizar pruebas e incidencias evaluables que hayan sido establecidas antes
del 26 de abril
A.2. Personal de
Administración y Servicios
A.2.1. Control de Accesos
- 1 persona por turno en el campus de Espinardo
- ídem. en el
campus de La Merced
A.2.2.
Animalario y Hospital Clínico Universitario
- 1 persona por turno (vid. punto A.2.8)
A.2.3.
Atención a edificios
- 1 auxiliar de servicios por edificio
y turno, exceptuando: Cuartel de Artillería, Centro Social, Rector Soler, SAI,
ATICA
- No habrá servicios mínimos en el
turno de noche del Servicio de Actividades Deportivas
A.2.4.
Área de Técnicas de la Información y las Comunicaciones Aplicadas (ATICA): 1
persona por turno
A.2.5.
Área de Bibliotecas
- Biblioteca General de Espinardo: 1
auxiliar de Archivos y Biblioteca por cada turno
- Biblioteca del Campus de La Merced: ut supra
- En ambas instalaciones, la persona
encargada desarrollará funciones de vigilancia; no se llevará a cabo el servicio
de préstamo y devolución
A.2.6.
Registro General: 1 persona en turno de mañana
A.2.7.
Secretarías del Edificio Convalecencia: 2 personas
A.2.8.
Hospital Clínico Veterinario
- 1 técnico para quirófano de
urgencias, que trabajará en la misma situación que en día festivo
-
Vid. punto A.2.2
B.
Universidad Politécnica de Cartagena
B.1.
Personal Docente e Investigador
- Aquéllos que el día 9 deban realizar pruebas e incidencias evaluables que hayan sido establecidas antes
del 26 de abril
B.2.
Personal de Administración y Servicios
B.2.1.
Registro General: 1 persona
B.2.2.
Servicio de Informática: 1 persona
B.2.3.
Secretaría del Rectorado: 1 persona
B.2.4.
Conserjerías: 1 Auxiliar de Servicios en cada turno, en cada una de las
Escuelas o Facultades
B.2.5.
Rectorado: 1 Auxiliar de Servicios por turno
B.2.6.
Unidad Técnica: 1 Técnico Especialista
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