El Ayuntamiento de Lorca ha decidido eximir del pago del
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los propietarios de 43.860 inmuebles que resultaron
dañados por los terremotos de 2011; una medida que ya se adoptó en los períodos
de 2011 y 2012. También se exime del IBI a los dueños de 503 inmuebles con daños
en la riada de 2012.
En
concreto, según los datos del concejal de Economía y Hacienda, Luis Amador -a
los que he suprimido los céntimos de euro por cuestiones de legibilidad-, se
trata de:
- 44.881 recibos del año 2013 (valor total,
13.255.408 €)
- 953 recibos de 2011 y 2012 (425.014 €)
- 68 recibos de zonas próximas al terremoto, dañadas
(23.003 €)
En
total son 43.860 inmuebles afectados por los seísmos, que habrían pagado en su
conjunto 13.703.427 € en concepto de IBI. Según Amador, suponen la práctica
totalidad de los edificios del casco urbano y las pedanías más afectadas, con
un área de 32'7 millones de metros cuadrados.
A
estos hay que sumarle:
- 503 recibos de propietarios dañados por la riada
(134.780 €)
Según
Amador, estas exenciones beneficiarán a familias de pedanías como Purias, El
Campillo o La Torrecilla, y se aplicarán sobre las cuotas de 2012 sobre
viviendas, establecimientos industriales y de otro tipo, explotaciones
agrarias, forestales, y demás.
En
total estaríamos hablando de 13.838.207 € entre terremotos y riada.
Para
compensar esta carencia de ingresos por parte del consistorio, el Estado
aportará a las arcas municipales cerca de 13'2 millones de euros (con lo que
faltaría cerca de medio millón para equilibrar la cuenta). El año pasado, la
compensación alcanzó los 12'3 millones. En total, según Amador, los lorquinos
han recibido por este concepto más de 37 millones de euros desde los seísmos.
Además
de la aportación de dinero, el que el Estado se haga cargo supone el cobro
inmediato del 50% de todos los recibos que debe cobrar el Ayuntamiento, y del 70%
de toda la recaudación, lo que, según Amador, permitirá optimizar la financiación de los servicios municipales.
El
concejal ha recordado, además, otras medidas que están beneficiando a los
damnificados:
-
Reducción de los índices de rendimiento neto a explotaciones y actividades
agrarias que empleen la estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas (IRPF)
- Ídem,
a quienes empleen el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA)
-
Moratoria de hasta un año, sin intereses, en el pago de las cotizaciones a la Seguridad
Social de empresas y autónomos de cualquier régimen
-
Reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a las grandes
empresas y cooperativas
- Reducción del IAE a todo
tipo de industria o establecimiento cuyos locales hayan sido dañados, siempre
que hayan tenido que cerrar o que ser realojados
-
Exención del abono de cuotas de la Seguridad Social al empresario que deba
hacer un ERE porque se ha arruinado por los daños, quedando el trabajador plenamente cubierto, y con sus
indemnizaciones cubiertas por el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)
- Pago
de prestación por desempleo a trabajadores incluidos en un ERE, aunque no hayan
cotizado lo suficiente para tener derecho a ella
- Exención en las tasas de Tráfico por dar de baja a
vehículos como consecuencia de los terremotos y la riada
- Exención de las tasas de Tráfico por duplicar permisos de
circulación o conducción que hayan sido destruidos o dañados por las causas
anteriores
-
Derecho a devolución de las cantidades a aquéllos que ya hayan pagado los
impuestos o tasas anteriores
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