Desde
Esquerra Unida del País Valencià (EUPV, rama valenciana de Izquierda Unida)
informan del fallo judicial tras la demanda que les puso Santiago Calatrava por
una web en la que denunciaban algunos fiascos relacionados con este arquitecto.
Básicamente,
EUPV afirma que la sentencia reconoce su derecho a informar a los ciudadanos
acerca de los errores cometidos por este arquitecto, en obras pagadas con
dinero público, pero considera que el nombre de la web -Calatrava te la clava- atenta contra su honor, por lo que condenan
a dicha coalición a indemnizarle simbólicamente
con 30.000 euros.
EUPV
ha reaccionado recurriendo la sentencia, comenzando una campaña de donaciones
para reunir el dinero de la multa, y ha traspasado el contenido de la web a
otra que se llama Calatrava No Nos Calla.
Reproduzco
en su totalidad la información aportada desde EUPV.
Información sobre la sentencia por la demanda de Calatrava
El
pasado jueves 15 de mayo conocimos la sentencia del juzgado de primera
instancia número 12 de Valencia sobre la demanda presentada por Santiago Calatrava Valls contra
Esquerra Unida del País Valencià por la web www.calatravatelaclava.com:
1º)
La sentencia reconoce la legalidad de la totalidad del contenido de la página
web, afirmando que contiene verdades objetivas incontrovertidas
y refiere defectos y vicios constructivos
que resultan públicos y notorios a simple vista, así como documentación de
muy difícil acceso para la ciudadanía. Hay que recordar que los contratos de
Calatrava con la Generalitat estuvieron ocultos
durante más de 20 años hasta que EUPV los hizo públicos en 2011 y 2012.
2º)
La sentencia reconoce que todo lo que en la web se dice está amparado por la libertad de expresión y de
información. No es cierto, a pesar de algunos titulares de prensa, que el
juez haya ordenado el cierre de la web, que continuará activa y con información
actualizada sobre los proyectos de Calatrava pagados con dinero público de los
valencianos.
3º)
La sentencia sólo considera injuriosa la
expresión Calatravatelaclava
utilizada como nombre del dominio, y establece discrecionalmente una
indemnización simbólica de 30.000
euros por intromisión en el derecho al honor de Santiago Calatrava Valls. Es
una cantidad absolutamente desproporcionada e injustificada, pero 20 veces
inferior a la fijada en la demanda, que pedía al menos 600.000 euros.
4º)
El juez condena también a EUPV a cerrar
el dominio www.calatravatelaclava.com. Aunque la sentencia todavía no es
firme, y vamos a recurrirla en apelación ante la Audiencia Provincial, por lo
que hemos realojado la web con todos sus contenidos íntegros y validados
judicialmente en el nuevo dominio:
5º)
En definitiva, la sentencia supone un importante triunfo de la ciudadanía,
porque reconoce el derecho a criticar y
denunciar la actuación de la Administración y de quienes se beneficien de ella,
siempre que sea verdad lo que se dice y se pueda demostrar. Así mismo,
supone un varapalo para la Generalitat y para Santiago Calatrava, que durante
años lucharon para que no se publicitara el contenido de sus relaciones opacas.
6º)
EUPV va a recurrir la sentencia de
primera instancia porque nos parece injusta e incomprensible, ya que no
puede disociarse el nombre del dominio del contenido de la web. Tal y como
defiende la Fiscalía, estamos convencidos de que no hay ninguna intromisión en
el derecho al honor de Calatrava, cuyo desprestigio es consecuencia
exclusivamente de sus propias actuaciones.
7º)
Es muy posible que el arquitecto también recurra la sentencia de primera
instancia porque no ha conseguido su principal
objetivo (el cierre de la web) ni tampoco el enriquecimiento injustificado -en palabras del juez- que pretendía.
También puede pedir la ejecución provisional de la sentencia, lo que nos
obligaría a depositar los 30.000 euros en un plazo de días.
8º)
Desde que se conoció la sentencia hemos recibido muchos mensajes de apoyo y
ofrecimientos de colaboración de personas que reconocen nuestro trabajo de
denuncia de la corrupción y del derroche de dinero público. Por ello, hemos
lanzado una campaña de donaciones en
www.calatrava.eupv.org para
conseguir hacer frente colectivamente a los 30.000 euros de indemnización.
9º)
Con pequeñas aportaciones individuales podemos demostrar que funciona la solidaridad para defender un
derecho tan fundamental como la libertad de expresión. En caso de que
finalmente se estime nuestro recurso y se rechace la demanda, el dinero
recaudado se destinará íntegramente a proyectos de cooperación internacional de los que se dará debida cuenta a todos
los donantes.
10º)
Para el ejercicio de la transparencia, que es lo que siempre ha perseguido
EUPV, la cuestión del nombre del dominio es secundaria. Lo importante es la información sobre los contratos públicos y
los sobrecostes multimillonarios, que va a seguir estando al alcance del
público con un nuevo dominio: www.calatravanonoscalla.com
Tenemos
derecho a saber
Calatrava no nos calla
EUPV
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